Debido
a cambios en las leyes mexicanas, actualmente no se requiere de permiso
del Instituto Nacional de Migración, para que un extranjero(a)
contraiga matrimonio con mexicano(a), sólo deberá cumplir con los
requisitos normales como cualquier otro contrayente.
Así
es que si Usted es extranjero y se va a presentar ante un oficial del
Registro Civil a contraer matrimonio no debe el oficial del registro
civil requerirle su documento migratorio vigente y su permiso para
contraer matrimonio.
A dicho respecto, la Ley de Migración a la letra establece:
"Artículo 9: Los jueces u oficiales del Registro Civil
no podrán negar a los migrantes, independientemente de su
situación migratoria, la autorización de los actos del estado
civil ni la expedición de las actas relativas a nacimiento,
reconocimiento de hijos, matrimonio, divorcio y muerte."
Si
Usted requiere asesoría que derive del matrimonio, llámenos y con gusto
lo atenderemos, estamos a sus órdenes para asesorarlo en todo el
proceso de su matrimonio, en nuestras oficinas ubicadas en Isaac Garza
N° 1326 Pte. entre las calles Porfirio Díaz e Ignacio L. Vallarta, en el
Centro de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León; teléfono 044811-2031390, correo electrónico: martesco@hotmail.com, y mayla.lozano@hotmail.com consulta previa cita.
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